OFERTA DE PARTICIPACIÓN LOCAL
dirigida a las personas, entidades y empresas de las comarcas
de la Conca de Barberà, el Baix Camp, l’Alt Camp (Tarragona), y les Garrigues y l'Urgell (Lleida)
Oferta de Participación Local
para la inversión ciudadana en el
Parque Solar Fotovoltaico
Vimbodí ILa sociedad SAN ISIDRO SOLAR 8, S.L. formada por los grupos GREENING y CUERVA, quieren beneficiar económicamente a las comarcas de la Conca de Barberà, el Baix Camp, Les Garrigues, el Urgell y el Alt Camp y ofrece, a todos sus habitantes, empresas y entidades, la posibilidad de participar como inversores en la financiación colectiva local de hasta un 20% de este proyecto de energía renovable, mediante esta oferta de participación local.
¿Qué es y cómo funciona esta Oferta de Participación Local?
La Oferta de Participación Local es el ofrecimiento que la sociedad promotora del parque solar hace a las personas, empresas y entidades más cercanas al parque, para que tengan preferencia a invertir en aquellas instalaciones y así también se beneficiarán del proyecto con el cobro de intereses por su inversión.
En una primera fase se recogen las reservas de participación de los inversores locales en el futuro préstamo colectivo con el que se financiará una parte del proyecto, sin la entrega del dinero.
En una segunda fase, cuando el parque disponga de todos los permisos para su construcción (esté Ready to Build), se pedirá a los inversores que hagan el desembolso de la inversión reservada y se procederá a la firma del préstamo colectivo. A partir de ese momento, los inversores irán cobrando cuotas semestrales del préstamo y recuperarán progresivamente -durante 5 años- su capital más los intereses pactados.
Descripción técnica provisional del proyecto:
Parque solar fotovoltaico "Vimbodí I" con potencia pico de 11.618,88 kWp y potencia de inversores instalada de 11.200 kW, que estará limitada por software a 9.100 kW. La energía generada será evacuada a través de una línea que conectará la instalación solar con el punto de conexión concedido, ubicado en SE Montblanc de 25 kV.
Estará formado por 17.472 paneles fotovoltaicos de 665 w de potencia pico, y red de media tensión que conectará el centro de medida y el punto de conexión a la subestación eléctrica transformadora.
Se ubica en los municipios de Vimbodí i Poblet, l'Espluga de Francolí y Montblanc.
Con la puesta en funcionamiento del Parque solar fotovoltaico Vimbodí I, se estima que anualmente de evitará la emisión a la atmósfera un total de 5.529,41 toneladas de CO2eq.
Características de esta Oferta de Participación Local (reserva de participación en el préstamo colectivo):- Interés nominal: 5,50%.
- Plazo: 60 meses.
- Importe total de la oferta: 1.222.708,77 € (el 20% del presupuesto del parque solar).
- Inversión mínima a reservar por persona: 50€.
- Inversión máxima a reservar por persona: 122.250€.
- Retorno de la inversión mediante cuotas semestrales, con amortización de capital a partir de la segunda cuota.
- Tipo de inversión: préstamo colectivo (crowdlending), subordinado a la financiación principal del proyecto (project finance bancario).
- Prestatario: SAN ISIDRO SOLAR 8, S.L. NIF: B42924985, filial de los grupos GREENING y CUERVA.
- Fecha prevista para el desembolso de las reservas de inversión: se iniciará a partir del momento en que el proyecto disponga de todos los permisos para su construcción (“Ready to Build -RtB").
- No hay ningún tipo de comisión por participar como inversor en este proyecto.
La sociedad SAN ISIDRO SOLAR 8, S.L. formada por los grupos GREENING y CUERVA, quieren beneficiar económicamente a las comarcas de la Conca de Barberà, el Baix Camp, Les Garrigues, el Urgell y el Alt Camp y ofrece, a todos sus habitantes, empresas y entidades, la posibilidad de participar como inversores en la financiación colectiva local de hasta un 20% de este proyecto de energía renovable, mediante esta oferta de participación local.
¿Qué es y cómo funciona esta Oferta de Participación Local?
La Oferta de Participación Local es el ofrecimiento que la sociedad promotora del parque solar hace a las personas, empresas y entidades más cercanas al parque, para que tengan preferencia a invertir en aquellas instalaciones y así también se beneficiarán del proyecto con el cobro de intereses por su inversión.
En una primera fase se recogen las reservas de participación de los inversores locales en el futuro préstamo colectivo con el que se financiará una parte del proyecto, sin la entrega del dinero.
En una segunda fase, cuando el parque disponga de todos los permisos para su construcción (esté Ready to Build), se pedirá a los inversores que hagan el desembolso de la inversión reservada y se procederá a la firma del préstamo colectivo. A partir de ese momento, los inversores irán cobrando cuotas semestrales del préstamo y recuperarán progresivamente -durante 5 años- su capital más los intereses pactados.
Descripción técnica provisional del proyecto:
Parque solar fotovoltaico "Vimbodí I" con potencia pico de 11.618,88 kWp y potencia de inversores instalada de 11.200 kW, que estará limitada por software a 9.100 kW. La energía generada será evacuada a través de una línea que conectará la instalación solar con el punto de conexión concedido, ubicado en SE Montblanc de 25 kV.
Estará formado por 17.472 paneles fotovoltaicos de 665 w de potencia pico, y red de media tensión que conectará el centro de medida y el punto de conexión a la subestación eléctrica transformadora.
Se ubica en los municipios de Vimbodí i Poblet, l'Espluga de Francolí y Montblanc.
Con la puesta en funcionamiento del Parque solar fotovoltaico Vimbodí I, se estima que anualmente de evitará la emisión a la atmósfera un total de 5.529,41 toneladas de CO2eq.
- Interés nominal: 5,50%.
- Plazo: 60 meses.
- Importe total de la oferta: 1.222.708,77 € (el 20% del presupuesto del parque solar).
- Inversión mínima a reservar por persona: 50€.
- Inversión máxima a reservar por persona: 122.250€.
- Retorno de la inversión mediante cuotas semestrales, con amortización de capital a partir de la segunda cuota.
- Tipo de inversión: préstamo colectivo (crowdlending), subordinado a la financiación principal del proyecto (project finance bancario).
- Prestatario: SAN ISIDRO SOLAR 8, S.L. NIF: B42924985, filial de los grupos GREENING y CUERVA.
- Fecha prevista para el desembolso de las reservas de inversión: se iniciará a partir del momento en que el proyecto disponga de todos los permisos para su construcción (“Ready to Build -RtB").
- No hay ningún tipo de comisión por participar como inversor en este proyecto.
¿Quién puede participar en la financiación de este proyecto, con la reserva de una inversión?
Las personas físicas y jurídicas de las comarcas de la Conca de Barberà, Baix Camp, les Garrigues, Urgell y Alt Camp.
vimbodi@participaciolocal.cat Tel. 935511447
La presente oferta de financiación participativa no ha sido verificada ni aprobada por las autoridades competentes (CNMV) ni por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).
La idoneidad de su experiencia y conocimientos no se ha evaluado necesariamente antes de que se le concediera acceso a esta inversión. Al realizar una inversión en este proyecto de financiación participativa, usted asume plenamente los riesgos que comporta, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido.
Advertencia sobre riesgos:
Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*1). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (*2).
(*1) Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a los sistemas de garantía de depósitos (DO L 173 de 12.6.2014, p. 149).
(*2) Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de marzo de 1997, relativa a los sistemas de indemnización de los inversores (DO L 84 de 26.3.1997, p. 22).
Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y recomendamos no invertir más del 10% de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda vender los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda venderlos, podría sufrir pérdidas.
Período de reflexión precontractual:
Como inversor dispone de un periodo de reflexión precontractual de 4 días naturales, en virtud del cual tiene el derecho a reconsiderar la decisión de invertir y de retractarse sin ninguna obligación o consecuencia negativa de la inversión efectuada. Asimismo, se le recomienda utilizar este tiempo para revisar detenidamente toda la información proporcionada sobre el proyecto y sus riesgos potenciales, así como para consultar con asesores financieros si lo considera necesario. La solicitud de anulación de la inversión, que no conllevará ningún coste ni requerirá de justificación alguna, podrá hacerse mediante el envío de un correo a inversores@ecrowdinvest.com, en que se notifique la decisión adoptada.
Recomendaciones:
A menos que sea usted un inversor profesional o un inversor experimentado, Ecrowd le recomienda no invertir cantidades por importes superiores a los 1.000€ o, en caso de ser mayor, al 5% de su patrimonio neto líquido, calculado como sus ingresos anuales netos más sus activos financieros (exceptuando inmuebles y fondos de pensiones) y restando la suma de sus compromisos financieros anuales (cuotas de préstamos y alquileres).
La presente oferta de financiación participativa no ha sido verificada ni aprobada por las autoridades competentes (CNMV) ni por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).
La idoneidad de su experiencia y conocimientos no se ha evaluado necesariamente antes de que se le concediera acceso a esta inversión. Al realizar una inversión en este proyecto de financiación participativa, usted asume plenamente los riesgos que comporta, incluido el de pérdida parcial o total del dinero invertido.
Advertencia sobre riesgos:
Su inversión no está cubierta por los sistemas de garantía de depósitos establecidos de conformidad con la Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (*1). Su inversión no está cubierta por los sistemas de indemnización de los inversores establecidos de conformidad con la Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (*2).
(*1) Directiva 2014/49/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, relativa a los sistemas de garantía de depósitos (DO L 173 de 12.6.2014, p. 149).
(*2) Directiva 97/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de marzo de 1997, relativa a los sistemas de indemnización de los inversores (DO L 84 de 26.3.1997, p. 22).
Es posible que no obtenga rendimiento alguno de su inversión. No se trata de un producto de ahorro y recomendamos no invertir más del 10% de su patrimonio neto en proyectos de financiación participativa. Es posible que no pueda vender los instrumentos de inversión cuando lo desee. Aun cuando pueda venderlos, podría sufrir pérdidas.
Período de reflexión precontractual:
Como inversor dispone de un periodo de reflexión precontractual de 4 días naturales, en virtud del cual tiene el derecho a reconsiderar la decisión de invertir y de retractarse sin ninguna obligación o consecuencia negativa de la inversión efectuada. Asimismo, se le recomienda utilizar este tiempo para revisar detenidamente toda la información proporcionada sobre el proyecto y sus riesgos potenciales, así como para consultar con asesores financieros si lo considera necesario. La solicitud de anulación de la inversión, que no conllevará ningún coste ni requerirá de justificación alguna, podrá hacerse mediante el envío de un correo a inversores@ecrowdinvest.com, en que se notifique la decisión adoptada.
Recomendaciones:
A menos que sea usted un inversor profesional o un inversor experimentado, Ecrowd le recomienda no invertir cantidades por importes superiores a los 1.000€ o, en caso de ser mayor, al 5% de su patrimonio neto líquido, calculado como sus ingresos anuales netos más sus activos financieros (exceptuando inmuebles y fondos de pensiones) y restando la suma de sus compromisos financieros anuales (cuotas de préstamos y alquileres).
La diversificación es la estrategia más adecuada para reducir el riesgo de las inversiones.
Ubicación del proyecto
En Ecrowd no le cobramos ninguna comisión ni sobre sus inversiones ni sobre los intereses que cobra de ellos.
Los intereses cobrados estarán sujetos a la retención vigente que por IRPF corresponda aplicar.
Ecrowd es una Plataforma de Financiación Participativa con licencia de la CNMV.
Ecrowd no ostenta la condición de empresa de servicios de inversión, ni de entidad de crédito y no está adherida a ningún fondo de garantía de inversiones o fondo de garantía de depósitos.Los proyectos de inversión que se presentan en Ecrowd no son objeto de autorización ni de supervisión previa por la CNMV ni por el Banco de España, de forma que la información facilitada por los promotores no ha sido revisada por ellos. Todos los movimientos de fondos de inversores en Ecrowd se efectúan mediante la plataforma de pagos Lemon Way, que cuenta con la preceptiva autorización del Banco de España. El rendimiento de las inversiones puede estar condicionado al éxito de los proyectos concretos. Existe el riesgo de pérdida total o parcial del capital invertido, de no obtener el rendimiento financiero esperado y de falta de liquidez para recuperar sus inversiones. Consulte detalladamente la información de cada proyecto antes de invertir. Invirtiendo en este proyecto, usted manifiesta expresamente haber recibido, leído y aceptado las condiciones de inversión en Ecrowd. La diversificación activa es la estrategia óptima para la gestión de su cartera de inversiones.
Más información: cómo invertir con Ecrowd
Inversores
Patricia
2.850€
Joaquim
500€
Romulo
500€
Ximo
400€
Albert
300€
Egor
275€
Audald
150€
Manel
100€
Sofia
50€